martes, 3 de agosto de 2010

Ley 24557: Riesgos De Trabajo

Incapacidad Laboral Temporaria

1) Cuando el daño sufrido por el trabajador le impida temporariamente la realización de sus tareas habituales.
2) La incapacidad laboral temporaria finaliza cuando:
  • Alta medica.
  • Declaración incapacidad laboral permanente.
  • Transcurso de un año desde la primera manifestación invalidante.
  • Muerte del damnificado.

Incapacidad Laboral Permanente

1) Cuando el daño sufrido por el trabajador le ocasione una disminución permanente de su capacidad laborativa.
2) La incapacidad laboral permanente será total, cuando la disminución de la capacidad laborativa permanente fuere igual o superior al 66%, y parcial cuando fuere inferior a este porcentaje.
3) El grado de incapacidad laboral permanente, será determinada por las condiciones medicas de esta ley, en base a la tabla de evaluación de las incapacitantes laborales, que elaborara el poder ejecutivo nacional y ponderara entre otros factores la edad del trabajador, el tipo de actividad y las posibilidades de reubicación laboral.

Incapacidad Permanente Total

Implica el fin de la vida útil de trabajo del individuo en forma total y definida como por ejemplo la perdida o la perdida completa del uso de:

1) Ambos ojos
2) Un ojo y una mano, un brazo y una pierna o un pié.
3) Dos miembros cualquiera de los siguientes: mano, brazo, pie o pierna, siempre que no correspondan a la misma extremidad.

Incapacidad Permanente Parcial

La perdida completa o la perdida del uso de cualquier miembro o parte de cualquier miembro del cuerpo, cualquier daño permanente de las funciones del cuerpo o de partes de éste.

Incapacidad Temporal Total


Incapacidad que impide que la persona lesionada pueda desarrollar un trabajo regularmente establecido o habitual sin que deje secuelas que interfieren o limiten el trabajo futuro.
Debe destacarse la referencia un “trabajo regularmente establecido”. Esto no significa un trabajo hecho a la medida para poder acomodar a un trabajador lesionado para no registrar el caso de incapacidad temporal total.
Suele ocurrir que se presione al medico para que “devuelva al hombre a su trabajo” a fin de no desmejorar el record de accidentes de la sección o industria.
Considerar la mera presencia del empleado al trabajo, aunque no haga útil debe interpretarse como una alteración deliberada de la realidad.

Lesiones No Incapacitantes

Existe un desacuerdo considerable entre los especialistas en cuanto a la necesidad de informar o anotar los años no incapacitantes, pero el accidente que hoy produce daño menor puede cuasar mañana la muerte de un trabajador.
Todo accidente que produce una lesión, aun no incapacitante, tal como un corte, contusión o quemadura, es una indicación de que algo anda mal y una oportunidad para tomar medidas correctivas.

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